TC rechaza petición de la Derecha de declarar Inconstitucional el AutoCultivo Medicinal

Inconstitucional el AutoCultivo Medicinal

El requerimiento fue rechazado, el cual fue presentado por 47 diputados de la oposición ante el Tribunal Constitucional (TC), que buscaba que se declare inconstitucional el AutoCultivo Medicinal, que es parte de la Ley Anti Narcos aprobada el 14 de marzo, que permite cultivar marihuana a aquellas personas que tengan una receta médica, y así limitar también que los pacientes accedan al narcotráfico para conseguir su materia vegetal.

En su argumentación, los personeros de derecha sostienen que está fuera de las normas de la Constitución la forma en la que se integró la indicación que permite el autocultivo de marihuana.

El TC rechazó el requerimiento ingresado por Chile Vamos que buscaba impugnar un artículo relativo al cultivo de cannabis para uso medicinal en la ley antinarcos, por lo que el proyecto quedó listo para su promulgación.

En concreto, los ministros que estuvieron por acoger el requerimiento de la oposición fueron los abogados José Ignacio Vásquez, Christian Letelier y Miguel Ángel Fernández. En tanto, el resto del Pleno de ministros del TC estuvo por rechazar la acción de inconstitucionalidad. Dentro de estas sesiones del TC, el presidente Boric fue consecuente con su programa de Gobierno, donde indicó que legalizará el Cannabis, y defendió la norma.

La diputada Ana María Gazmuri (IND) apuntó que “gracias a lo que ha ocurrido en el Tribunal Constitucional se hace justicia a esta inmensa comunidad que ha sido injustamente criminalizada y perseguida, a pesar de que este uso medicinal está contemplado en la ley 20 mil”.

¿Cómo será esta Ley de Cannabis Medicinal en Chile?

Se entenderá justificado el cultivo de cannabis para la atención de un tratamiento médico. Ello, con la presentación de una receta médica extendida por un médico cirujano tratante. Dicho documento debe indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y duración. Junto a esto, referirse a la forma de administración, la que no podrá ser mediante combustión. Esto quiere decir que puede ser consumida con vaporizadores, cocinada o preparada de alguna otra forma más saludable.

La norma también sanciona con pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) a quien use recetas falsas para justificar el cultivo de cannabis. La pena aumentará en un grado en caso de comercialización de la droga o facilitación a un tercero.

Ahora la normativa sólo falta que sea promulgada por el Gobierno para convertirse en Ley.

 

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